Dirección Electrónica Vial (DEV)

Todas los organismos oficiales con capacidad sancionadora en materia de tráfico (DGT, Ayuntamientos, Dirección de Servicio Catalán de Tráfico, Tráfico del Gobierno Vasco, etc), pueden avisarle por buzón electrónico, todo tipo de sanciones y procedimientos vigentes.

Las notificaciones recibidas en dicho buzón se complementan con un e-mail e, incluso, con un SMS, si así se especifica en el alta.

Dirección Electrónica Vial

¿Qué es la DEV?

Este medio de comunicación de la DGT irá incorporando (en un futuro próximo) otras notificaciones relativas al titular o conductor del vehículo, información sobre los puntos del carnet, ITV, renovaciones del permiso, etc.

Personas físicas

Este servicio de Tráfico es voluntario y gratuito para las personas físicas, lo que permite a los ciudadanos tener acceso a esta información de manera online, evitando el trámite de solicitud de cita previa y el posterior desplazamiento.

Es importante saber que, una vez nos demos de alta, las notificaciones se recibirán exclusivamente por este medio, eliminando el servicio postal habitual.

Personas jurídicas

Para las empresas la suscripción a este servicio es obligatorio, por lo que todas las personas jurídicas pasan a tener una Dirección Electrónica Vial al realizar el cambio la titularidad o matriculación del vehículo.

Normativa de tráfico (Artículo 59bis)

Se establece en la ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a motor, la obligatoriedad de que todas las personas autorizadas en España a conducir y circular, de tener asignada una DEV.

Para garantizar que se cumple este artículo, la DGT puso en marcha el denominado Registro de Apoderamientos.

Este registro de apoderamientos (regulado por la Resolución de la DGT 9-04/15), también permite a terceros acceder a las notificaciones y avisos de quién esté interesado (representado).

Notificaciones DEV

Hay que recordad que, dada la obligatoriedad para empresas de tener la Dirección Electrónica, Tráfico puede exigir esta a la hora de matricular, transferir o realizar cualquier otra gestión de vehículos por lo que, si es una entidad jurídica, debería ir pensando de darse de alta.

Una vez dados de alta en la DEV, seremos notificados de las infracciones en los organismos autónomos arriba indicados, así como en el propio buzón electrónico.

¿Cómo darse de alta en la DEV?

Para poder registrarse de manera online, es necesario disponer de un certificado electrónico, Dnie o cl@ve permanente, y tan sólo se requiere introducir una dirección de email y, si se quiere, el número de teléfono móvil en el recibiremos los avisos por sms.


Si dispone de certificado digital o cl@ve permanente, haga click aquí

Para modificar sus datos con certificado digital o clave permanente, también puedes utilizar el anterior link


Baja del servicio de notificaciones

Una vez más incidir en que, las personas físicas, no están obligadas a estar suscritos, por lo que puede darse de baja en cualquier momento accediendo a este apartado del servicio.

Una baja que, incluso, puede ser realizada por correo electrónico descargando el correspondiente formulario y remitiéndolo por correo a bajadev@dgt.es.


Para completar el procedimiento de alta de la DEV, a través de este link le llevamos a la Web de la DGT donde podrá pinchar en Acceso Alta en la DEV con Certificado Digital y darse de alta en la DEV y recibir un aviso en su mail donde le indicarán de la existencia de una notificación telemática en materia sancionadora y un SMS al móvil indicado.

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