Qué pasa si conduces sin carnet

En España, conducir un vehículo sin carnet, está tipificado en el código penal con el pago de una multa, trabajos comunitarios, o incluso prisión.

Independientemente del tipo de vehículo (coche o moto), se trata de un delito castigado con prisión de 3 a 6 meses, trabajos para la comunidad de 31 a 90 días, o con penas de 12 a 24 meses (Así lo recoge el artículo 384 del código penal)

La sanción por multa funciona con el sistema días/multa (artículo 50.2 de Código Penal), en el que cada día equivale a entre 2 y 400 euros, según lo que el juez estime, pudiendo alcanzar los 288000€ de sanción.

Son las mismas penas si se conduce habiendo sido privado del permiso o licencia, si nos han quitado los puntos, o si nunca se han obtenido el carnet de conducir.

¿Qué pasa si conduzco sin carnet?

En todo caso será un juez, en función de la gravedad y circunstancias del hecho, el que determine cual de las penas se aplica, así como la duración de la misma, en función de los antecedentes del conductor o de si la falta del permiso va acompañada de otro delito, como un accidente.

Situaciones si te pillan sin carnet de conducir o sin puntos

Cuando hablamos de conducir sin carnet nos referimos a todos los supuestos, es decir, no importa si nunca se ha obtenido, se han perdido todos los puntos, está caducado o ha perdido la vigencia, o si un juez nos ha privado del mismo, provisional o cautelarmente.

  1. Hemos perdido todos los puntos (aquí pueden consultar sus puntos).
  2. El conductor había sido privado del permiso por decisión judicial.
  3. Tenemos el carnet caducado (en este caso cometemos una infracción administrativa)
  4. El conductor nunca se ha sacado el carnet de conducir.

Un caso especial es si disponemos de una licencia LCM o LVA pero no tenemos carnet, o una licencia LCC o AM ya que, en estos casos, la Guardia Civil inmovilizará nuestro vehículo y habremos cometido una infracción de tipo administrativo.

Multas y penas por conducir sin carnet

Cúando es infracción administrativa, pero no delito

  • Cuando el conductor es extranjero, pero su carnet no está legalizado para su uso en España.
  • Cuando el permiso ha caducado y no ha sido renovado.

Recuerda que si un permiso perdido o caducado, se puede solucionar online desde cualquier gestoría, por lo que no tiene sentido arriesgarse.

Notas adicionales

En algunas provincias, el delito tipificado en el artículo 384 viene acompañado del artículo de la ley de tráfico (65-5 k), sancionable penalmente, si se demuestra laexistencia de un riesgo grave.

Recuerda también que, si sales de la unión europea, se deben cumplir determinados requisitos para obtener el permiso de conducción.

Conclusiones

No hay excusas que valgan, por bien que conduzcamos, aunque nos acompañe un piloto experto o aunque estemos matriculados en la autoescuela, si no tenemos el carnet o nos han quitado los puntos no podemos conducir en España… Y hablamos de delito penal ante un juez.

En conclusión, si para el vehículo que quieres conducir necesitas carnet y por el motivo que sea no lo tienes o no es completamente válido, déjalo aparcado.

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